
Tipología residencial 3 plantas + ático
La modificación en la Ley del Suelo fue introducida por el gobierno de Esperanza Aguirre mediante la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid. Esta Ley, aprobada por la mayoría absoluta del PP no era otra cosa que un batiburrillo de modificaciones de leyes ya existentes.
Respecto al artículo que nos ocupa, el preámbulo de la Ley/batiburrillo señala que “una de las principales novedades introducidas por la presente Ley es la limitación a tres alturas más ático en la construcción de los nuevos desarrollos urbanísticos, con el fin de impulsar un nuevo modelo de ciudad más humano y de acabar con un urbanismo que ya no se corresponde con el desarrollo y con las aspiraciones de calidad de vida de la actual sociedad madrileña”.
En el fondo, lo que subyace bajo esta premisa es la potenciación de modelos urbanos basados en chalets,
Adosados

Vamos, que parece que lo que Aguirre identificaba como las aspiraciones de calidad de vida de la actual sociedad madrileña era el modelo de Boadilla, Majadahonda o Las Rozas, zonas con un alto poder adquisitivo y con más de un coche por familia.
Vista aérea de Boadilla el Monte
Visa aérea de "Madrid Sur" en el distrito de Vallecas
¿Y qué son niveles de demanda adecuados? Pues cada modo de transporte mejora o empeora su eficacia en función de las características del ámbito al que atiende. Si planteamos tranvías o metros en zonas de baja densidad estamos, como diría un castizo, matando pulgas a cañonazos, con el problema añadido de que hay que pagar la inversión y los costes de operación (mucho más elevados que los de una línea de autobús).
Capacidad (viajeros/hora) por modo de transporte
Metro ligero ML3 colonia Jardín - Boadilla

Afortunadamente, el gobierno de Cristina Cifuentes, también del PP, a los pocos meses de hacerse con el poder, dio marcha atrás con una Modificación de la Ley del Suelo que consta de un solo artículo: “Se elimina el apartado 8.º del artículo 39 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que queda derogado.”

En su preámbulo, en lo que considero un acto de valentía política, esta modificación atiza fuerte a la prohibición de construir más de 3 alturas. Dice, por ejemplo:
“(…) motivado por la generación y modificación de textos normativos que los anteriores Gobiernos Autonómicos aprobaron bajo mayorías absolutas, con objeto de generar desarrollos urbanísticos más humanos, provocando exactamente un efecto contrario al esperado amparados bajo el paraguas de la especulación.”
“La realidad es que esta modificación restrictiva y en nada liberal, ha generado un caos urbanístico según la opinión de todos los expertos, favoreciendo ciudades expansivas, por todo el territorio de nuestra Comunidad, limitando las capacidades pormenorizadas de los posteriores planeamientos de desarrollo (…)”
“Esta limitación de alturas ha esparcido nuestras ciudades cual mancha de aceite, generando graves problemas en materia de infraestructuras, movilidad y transporte y por ende problemas medioambientales, debido a la utilización «obligatoria» del vehículo privado, quedando grandes zonas de la región sin comunicación por servicios públicos y generando una deuda contra estos nuevos desarrollos en materia de dotaciones y equipamientos públicos de primera necesidad.”
“Ahora bien, nos encontramos en una nueva etapa, de racionalización, practicidad y consenso y por tal motivo consideramos que las Leyes, deben marcar unos principios rectores que, desde su formulación general, han de servir de guía obligatoria al planificador local de cara a fijar la ordenación que más convenga en función de las necesidades y posibilidades del municipio, sin injerencias ni sugerencias superiores.”

Como digo, afortunadamente la pesadilla ha terminado y ahora nos vemos libres de ese artículo que durante dos legislaturas ha impedido el desarrollo de un urbanismo más sostenible.